MOCIÓN QUE PRESENTA EL PORTAVOZ DEL GRUPO SOCIALISTA DEL
AYUNTAMIENTO DE ENGUERA AL PLENO DE ESTA CORPORACIÓN MUNICIPAL, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN, A FAVOR DE LA ADOPCIÓN DE UN ACUERDO DE RECHAZO DE LA CONSTRUCCIÓN DEL MACROVERTEDERO DE LLANERA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Atendiendo a la colaboración con la Asociación para la Defensa de la Naturaleza de Enguera, ADENE, y a la demanda de numerosos vecinos para representar su oposición a la construcción del Macrovertedero de L1anera, y dada la negativa reacción social generalizada que el proyecto ha despertado en nuestra población.
Teniendo en cuenta que el pasado 27 de julio de 2009 la Asamblea General del Consorcio de Residuos de la Zona X, XI y XII, Área de Gestión 2, de la Comunidad Valenciana, adjudicó la gestión de residuos y la construcción de las infraestructuras propuestas a las empresas FCC-Dimesa, lo que implica la ubicación del Macrovertedero en L1anera, con el voto favorable del Sr. Alcalde como representante del Ayuntamiento de Enguera.
Teniendo en cuenta los lamentables intentos del Equipo de Gobierno del PP para disfrazar la denominación de la infraestructura a construir en L1anera, es decir el Macrovertedero, con el malintencionado propósito de confundir a los enguerinos y que no conozcan la auténtica realidad del proyecto, vamos a tomar como denominación de la mencionada infraestructura el nombre oficial que le adjudica la empresa FCC-Dimesa en el Proyecto de Gestión adjudicado, que es "Planta de valorización y eliminación en vertedero", lo que despeja cualquier duda sobre la construcción de un gran vertedero en L1anera.
Además, con la ubicación proyectada en L1anera, se pretende instalar esta Planta o Macrovertedero a una distancia de dos kilómetros del término municipal de Enguera, lo que supone un claro peligro medioambiental para nuestro pueblo.
También, consideramos oportuno rechazar el argumento esgrimido por el Sr. Alcalde sobre la imposibilidad de reestructurar las infraestructuras que dependerán del Consorcio de Residuos, ya que no es cierto y siempre se está a tiempo de rectificar para mejorar el servicio que hay que prestar a los ciudadanos. Sobretodo. tras la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo N° 5 de Valencia que declara legal y obliga a respetar el contrato del Plan de Minimización de La Vall d'Albaida, lo que significa que autoriza la construcción de un Vertedero para 40.000 toneladas de basura correspondientes a la gestión de residuos de todos los municipios de La Vall d' Albaida. que probablemente se ubique en Bufali.
Así. dentro del área geográfica del Consorcio de Residuos del Área 2 ya se ubicarían dos vertederos. uno en L1anera para 170.000 toneladas y otro en La Val! d'Albaida para 40.000 toneladas. de forma que queda modificado sustancialmente el proyecto de gestión del Consorcio al desgajarse las poblaciones de la zona de Albaida y abre la puerta a otro modelo de gestión para el Consorcio del Área 2 con infraestructuras más localizadas según las zonas. por lo que sería muy interesante la creación de un vertedero para 40.000 toneladas, más sostenible medioambientalmente, destinado específica mente a la zona de La Costera y La Canal de Navarrés.
Además. hay que tener en cuenta que el proyecto de gestión de residuos sólidos urbanos aprobado por el Consorcio del Área 2 es susceptible de vulnerar la legislación medioambiental de la Unión Europea, lo que supondría la paralización del proyecto actual. Por un lado, no se aplican los principios de proximidad y autosuficiencia en la gestión de los residuos. lo que afecta directamente a la protección de la salud de los vecinos de la zona y a la protección del medio ambiente del paraje escogido. Y por otro lado. tampoco se aplica el principio de jerarquía para la gestión de residuos que marca la legislación europea y que prioriza la prevención, la reutilización y el reciclaje en la generación de residuos.
Con lo cual. debemos plantear que el Consorcio del Área 2 reforme el proyecto de gestión y se dirija a otro modelo que sea más sostenible y más racional, para que no continúe con la concentración de infraestructuras por motivos de rentabilidad industrial, de forma que los pueblos del interior no tengan que aguantar los desechos de las poblaciones del litoral.
Teniendo en cuenta que, frente a lo manifestado por alqún Alcalde o equipo de gobierno popular, NO existe la necesaria ACEPTACION SOCIAL NI MUNICIPAL en la gran mayoría de las localidades de La Costera y La Canal de Navarrés para acoger un Macrovertedero con estas características de volumen de residuos y extensión de superficie. y situado de entre dos a cinco kilómetros de distancia a poblaciones como Estubeny. Anna, Enguera.
Alcudia de Crespins, Cerdá. L1anera, Rotglá, Canals, Torrella, Sellent y Chella.
Por ello. solicitamos al Pleno del Ayuntamiento que se manifieste a favor de esta MOCION en los siguientes términos:
PROPUESTA DE ACUERDO
1°) El Ayuntamiento de Enguera rechaza la construcción de una "Planta de valorización o eliminación en vertedero" o lo que es lo mismo un Macrovertedero en Llanera de Ranes.
2°) El Ayuntamiento de Enguera solicita que el Consorcio de Residuos del Área 2 reforme el proyecto de gestión y se dirija a otro modelo que sea más sostenible y racional, desechando la concentración de infraestructuras, teniendo en cuenta la sentencia judicial que reafirma el Plan de Minimización de La Vall d'Albaida y que consolida la construcción de un vertedero de menor tamaño para los residuos de las poblaciones de esta zona, y por tanto siendo viable la creación de un vertedero específico para las comarcas de La Costera y La Canal de Navarrés. de forma que los pueblos del interior no tengamos que aguantar los desechos de las poblaciones del litoral.
3°) El Ayuntamiento de Enguera considera que el proyecto de gestión de residuos aprobado por el Consorcio del Área 2 es susceptible de vulnerar la legislación medioambiental de la Unión Europea, lo que supondría la paralización de dicho proyecto. ya que no se aplican los principios de proximidad y autosuficiencia en la gestión de los residuos, lo que afecta directamente a la protección de la salud de los vecinos y a la protección del medio ambiente de la zona geográfica escogida, y tampoco se aplica el principio de jerarquía para la gestión de residuos que marca la legislación europea y que prioriza la prevención. la reutilización y el reciclaje en la generación de residuos.
4°) El presente Acuerdo se enviará al Consorcio de Residuos del Área de Gestión 2, a las Mancomunidades de Municipios de La Costera-La Canal, de La Canal de Navarrés, de La Vall d'Albaida y de La Safor, y también a los Ayuntamientos de las Comarcas de La Costera, La Canal de Navarrés, El Valle de Ayora, La Vall d'Albaida y La Safor.
Alfredo Barberán Cerdán Portavoz del Grupo Municipal Socialista de Enguera